martes, 4 de diciembre de 2012

Taller Final


1.     En lo relativo a Gobierno Electrónico, explique las principales herramientas que ofrece la SUNAT en beneficio de los ciudadanos.

-                         - Inscripciones al RUC virtualmente.-  Mediante las inscripciones una persona, se ahorra tiempo en las largas horas de tramite, ya que se inscribe virtualmente y solo acude a las oficinas de la SUNAT para certificar lo dicho.
-                         -Actualizaciones de RUC.- Sirve para actualizar o modificar datos de la ficha de RUC.
-                         Facturas electrónicas- Son comprobantes de pago virtual.
-                      -Rendición de cuentas por parte de la SUNAT virtualmente.- Contiene toda la información de gestión de la SUNAT.

    2.     Ubique en el Archivo Digital de la Legislación en el Perú, la Ley Nº 15,000 y explique brevemente su contenido.



     La  ley 15,000 hace referencia al permiso que otorgan a don Gonzalo Arce Romero para ingresar al servicio de armas en el Ejército de EE.UU, sin perder su nacionalidad peruana  según las facultades que le otorga la Constitución del Estado. 
   3.- Explique qué clases de búsquedas pueden realizarse en la base de datos de sumillas del SPIJ?. Señale características y ponga ejemplos.

      La preocupación por parte del Ministerio de Justicia es que todos los ciudadanos y la población en general cuente con la información legal actualizada de manera inmediata y gratuita. 

Sin embargo, como todo proceso tiene etapas que seguir, en primera instancia se ofrece el servicios gratuitos en la web de acceso a las "denominaciones de la legislación nacional" de toda base de datos del periodo 1986 a la fecha (2006). 

   4.     Ubicar en el SEACE el siguiente proceso de selección realizado por el INPE:  ADS PROCEDIMIENTO CLASICO .3-2012/INPE/U.E.001.- ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA

    Se realizó una convocatoria para la adquisición de una camioneta 4x4
    Blindado, por el monto de S/. 179,334.92.




martes, 27 de noviembre de 2012

SERVICIO DE PASAJES A INDECOPI 
INDECOPI contrató a TRAVEL GROPU PERÚ S.A para el servicios de pasajes por el monto de
 S/. 127,675.38.

lunes, 26 de noviembre de 2012

Lex Doctor

1. Principales servicios que ofrecen 
a. Suscripciones
b. Soporte Técnico, es decir ayuda a tener en orden un despacho jurídico
c. Asesoría 
d. Herramientas fáciles de utilizar

2. Ventaja de los servicios que ofrecen
a. Brindan información rápida sobre los expedientes en curso.
b. El sistema guarda la información, con la seguridad de acceder solo con una cuenta y contraseña, lo que le hace confiable.
c. Mejora el servicio de un despacho jurídico.
d. Existe mayor orden en cuento a la designación de cada caso.

3.Razones por las que en el Perú no se tenga un software similar 
a. Una de las causas principales es que en Perú, mayormente se tiene su información como de jurisprudencia en el caso de expedientes solo de manera escrita, y no en digital lo que dificulta el trabajo de Lex Doctor.
b. El sistema jurídico de Perú aún por momentos es inestable.
c. El deseo de invertir en estos tipos de software por parte de las personas todavía no es muy alto.


4. ¿ Qué otros softwares similares existen en el mercado nacional o internacional?

    En el Perú contamos con el programa SPIJ, que  es el Sistema Peruano de Información Jurídica  donde estan actualizadas las normas del día, legislación básica, etc.
a.

martes, 20 de noviembre de 2012

lunes, 5 de noviembre de 2012

SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS ESTRE LAS BASES DE DATO DEL EL CONGRESO DEL PERU, DIARIO OFICIAL EL PERUANO, Y EL SPIJ SISTEMA PERUANO DE INFORMACION JURIDICA


SEMEJANZAS:
- Las semejanzas que existen entre las tres bases de datos, consiste en que brindan información juridica nacional de importancia y general.
- Pertenecen al Estado, y por tanto son herramientas mas confiables que una privada.
- Son de fácil utilización y didácticos.
- Expiden en la mayoria normas peruanas.

DIFERENCIAS:
- En este caso en SPIJ contiene normas muy actualizadas a comparación, y de mayor facilidad de búsqueda.
- El congreso es de mayor fianza a comparación de las demás, ya que es esta entidad quien aprueba las leyes, por tanto la que no puede omitir disposiciones en su publicación
- El congreso, y el SPIJ, contienen mayor información respecto a diferentes archivos y normativa, a diferencia de el Diario Oficial El Peruano.
- Cada base de dato tiene diferentes formas de búsqueda.

martes, 16 de octubre de 2012

Herramientas de Gobierno Electrónico en el Poder Judicial

Consulta de expedientes vía Internet

Mediante la pagina web del Poder Judicial se puede consultar expedientes de nuestro interés, ya sea si tenemos vinculo como abogados, imputados, agraviados, o de cualquier otro índole. Los requisitos que nos piden son:
Sala Suprema :
Tipo Recurso:
Número de Recurso : -
Nro. Expediente Procedencia :-  
Ap. Paterno ó Razón Social :     Apellido Materno : 
Nombre (s) : 

GeoJusticia

Es un sistema de información geográfica, donde se muestra un mapa del Perú con una leyenda donde se muestra carreteras asfaltadas, afirmadas, no afirmadas, trochas, y lo mas importante que muestra los lugares donde existen dependencias judiciales, ya sea distritos judiciales, corte suprema, salas superiores,  juzgados especiales y mixtos, juzgados de paz letrados, juzgados de paz.

Certificado judicial de antecedentes penales

Es el documento oficial expedido por el Registro Nacional de Condenas del Poder Judicial, mediante el cual se certifica si una persona registra o no sentencia condenatoria consentida y ejecutoriada.

Requisitos:

- Ser mayor de 18 años.
- Contar con DNI vigente.
- Contar con el respectivo comprobante de pago por derecho de trámite de Certificado de Antecedentes Penales, emitido por el Banco de la Nación. Una vez efectuado el pago Ud. deberá esperar un día para utilizar el voucher.

Notificaciones electrónicas

Mediante las notificaciones electrónicas, se beneficia el involucrado en un proceso judicial en el cuál este puede brindar su correo electrónico, para que sus notificaciones lleguen a esa dirección para que no ocurra vicios en el procedimiento, y que los involucrados utilicen esta herramienta en su beneficio.





Jurisprudencia vinculante

La jurisprudencia es importante sobre todo para la parte legal, en un caso donde se observe situaciones similares, la parte defensora de la parte acusada, puede utilizar herramientas que logren alcanzar el objetivo de defender a su patrocinado, y en el caso de la corte suprema o superior, la jurisprudencia debería también ser tomada, para aplicar verdadera justicia.

Aula Virtual

En la aula virtual del Poder Judicial podemos interactuar de manera didáctica, y en donde encontramos conferencias y videoconferencias, tutoría donde se encargan de absolver dudas que tienen las personas, herramientas donde están tareas grupales, chat, foros, clases online y académicas donde se encuentran las últimas noticias.


Quejas web

La Oficina de Control de la Magistratura (OCMA), es el órgano disciplinario del Poder Judicial, goza de autonomía funcional, tiene competencia nacional y desarrolla actividades de control preventivo, concurrente y posterior; respecto de todos los magistrados del Poder Judicial con excepción de los vocales de la Corte Suprema de Justicia de la República. Asimismo, su actividad contralora comprende a todos los auxiliares jurisdiccionales de éste poder del Estado.



Consultas judiciales

En las consultas judiciales se pueden absolver dudas de cualquier persona, ya sea en el ámbito civil, penal, laboral, constitucional, etc. Con el solo ingresar un pseudónimo y el correo electrónico de la persona para recibir la respuesta a lo consultado.





martes, 9 de octubre de 2012

MODELO DE ACTO CONSTITUTIVO DE EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA –
CON APORTE EN BIENES NO DINERARIOS

SEÑOR  NOTARIO

SÍRVASE EXTENDER EN SU REGISTRO DE ESCRITURAS PÚBLICAS UNA CONSTITUCIÓN DE EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, SIN MINUTA, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 58 LITERAL I) DEL D. LEG. Nº 1049, DECRETO LEGISLATIVO DEL NOTARIADO, CONCORDADO CON EL DECRETO SUPREMO Nº 007-2008-TR – TUO DE LA LEY DE PROMOCION DE LA COMPETITIVIDAD, FORMALIZACION Y DESARROLLO DE LA MICRO Y PEQUEÑA  EMPRESA Y DEL ACCESO AL EMPLEO DECENTE, LEY MYPE, QUE OTORGA: THALIA PANEZ VEGA, CON  D.N.I. 71220520, OCUPACION: ESTUDIANTE, ESTADO CIVIL SOLTERA, SEÑALANDO DOMICILIO PARA EFECTOS DE ESTE INSTRUMENTO EN JR. LOS ESMERILES, 2DO PISO, URB. SAN CARLOS, DISTRITO SAN JUAN DE LURIGANCHO, PROVINCIA LIMA Y DEPARTAMENTO DE LIMA.

EN LOS TÉRMINOS SIGUIENTES:
PRIMERA .- POR LA PRESENTE:, THALIA PANEZ VEGA CONSTITUYE UNA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA BAJO LA DENOMINACION DE: CAFETERIA Y PASTELERIA GRANO DE ORO E.I.R.L., PUDIENDO UTILIZAR LA SIGLA: CAPAGRA E.I.R.L, CON DOMICILIO EN LA CIUDAD DE LIMA, QUE INICIA SUS OPERACIONES A PARTIR DE SU INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS CON UNA DURACION INDEFINIDA, PUDIENDO ESTABLECER SUCURSALES EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL.

SEGUNDA .-  LA EMPRESA TIENE POR OBJETO DEDICARSE A: LA VENTA DE PRODUCTOS PARA EL CONSUMO HUMANO EN LOS DIFERENTES TIPOS DE CAFÉ Y VARIAEDADES DE PASTELES, SE ENTIENDE INCLUIDO EN EL OBJETO LOS ACTOS RELACIONADOS CON EL MISMO, QUE COADYUVEN A LA REALIZACION DE SUS FINES EMPRESARIALES. PARA CUMPLIR DICHO OBJETO PODRA REALIZAR TODOS AQUELLOS ACTOS Y CONTRATOS QUE SEAN LICITOS, SIN RESTRICCION ALGUNA.

TERCERA.- EL CAPITAL SOCIAL DE LA EMPRESA ES DE S/. 10,000.00 (DIEZ MIL Y 00/100 EN NUEVOS SOLES) CONSTITUIDO POR APORTES DEL TITULAR; EFECTUADOS DEL SIGUIENTE MODO:

- EN BIENES                   S/. 37,000.00
                                                                                                                            
TOTAL APORTE            S/.  37,000.00
ESTOS BIENES SE DETALLAN EN LA DECLARACIÓN JURADA QUE SE ANEXA A LA PRESENTE Y FORMA PARTE INTEGRANTE DE LA ESCRITURA PUBLICA QUE ESTE DOCUMENTO ORIGINE.

              BIENES
                                                                  VALOR
- CAFETERA UFESA ............................ S/. 8,000.00
- JUEGO DE MESAS.............................. S/. 9,000.00
- JUEGO DE SILLAS ..............................S/.5,000.00
- REPISAS ............................................. S/. 15,000.00

CUARTA .- SON ORGANOS DE LA EMPRESA, EL TITULAR Y LA GERENCIA. EL REGIMEN QUE LE CORRESPONDA ESTA SENALADO EN EL DECRETO LEY  21621, ARTICULOS 39 Y 50 RESPECTIVAMENTE Y DEMAS NORMAS MODIFICATORIAS Y COMPLEMENTARIAS.

QUINTA .- LA GERENCIA ES EL ORGANO QUE TIENE A SU CARGO LA ADMINISTRACION Y REPRESENTACION DE LA EMPRESA. SERÁ DESEMPEÑADA POR UNA O MAS PERSONAS NATURALES. EL CARGO DE GERENTE ES INDELEGABLE. EN CASO DE QUE EL CARGO DE GERENTE RECAIGA EN EL TITULAR, ESTE SE DENOMINARA TITULAR GERENTE.

SEXTA .- LA DESIGNACION DEL GERENTE SERA EFECTUADA POR EL TITULAR, LA DURACION DEL CARGO ES INDEFINIDA, AUNQUE PUEDE SER REVOCADO EN CUALQUIER MOMENTO.

SEPTIMA .- SON ATRIBUCIONES DEL GERENTE, SIN PERJUICIO DE LAS SEÑALADAS EN EL DECRETO LEY Nº 21621:

1.    ORGANIZAR EL REGIMEN INTERNO DE LA EMPRESA.
2.    CELEBRAR CONTRATOS INHERENTE AL OBJETO DE LA EMPRESA, FIJANDO SUS CONDICIONES; SUPERVISAR Y FISCALIZAR EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES DE LA EMPRESA.
3.    REPRESENTAR A LA EMPRESA  ANTE LOS PODERES DEL ESTADO, INSTITUCIONES NACIONALES Y EXTRANJERAS, GOZANDO DE LAS FACULTADES GENERALES Y ESPECIALES A QUE SE REFIEREN LOS ARTICULOS  74, 75, 77  Y 436 DEL CODIGO    PROCESAL CIVIL. TAMBIEN GOZA DE LA FACULTAD A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 10 DE LA LEY 26636, PODRA CELEBRAR CONCILIACION EXTRAJUDICIAL, ADEMAS PODRA CONSTITUIR Y REPRESENTAR A LA ASOCIACION QUE CREA CONVENIENTE Y DEMAS NORMAS ANEXAS Y COMPLEMENTARIAS.
4.     CUIDAR LOS ACTIVOS DE LA EMPRESA.
5.     ABRIR Y CERRAR  CUENTAS  CORRIENTES,  BANCARIAS, MERCANTILES Y GIRAR CONTRA  LAS     MISMAS, COBRAR Y ENDOSAR CHEQUES DE LA EMPRESA, ASI COMO ENDOSAR Y  DESCONTAR           DOCUMENTOS     DE      CREDITO.    SOLICITAR    SOBREGIROS,    PRESTAMOS,   CREDITOS  O FINANCIACIONES PARA  DESARROLLAR EL OBJETO SOCIAL  CELEBRANDO LOS CONTRATOS          RESPECTIVOS.
6.     SOLICITAR  TODA  CLASE   DE  PRESTAMOS   CON   GARANTIA  HIPOTECARIA, MOBILIARIA  Y DE CUALQUIER FORMA, ADEMAS CONOCIMIENTO DE EMBARQUE,  CARTA DE CREDITO, CARTA DE PORTE, CARTAS FIANZAS, POLIZAS, LETRAS DE CAMBIO, PAGARES, FACTURAS CONFORMADAS Y CUALQUIER OTRO TITULO VALOR.
7.    SUSCRIBIR CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO Y SUBARRENDAMIENTO.
8.    COMPRAR  Y    VENDER     LOS    BIENES    SEAN   MUEBLES   O   INMUEBLES  DE  LA  EMPRESA SUSCRIBIENDO  LOS  RESPECTIVOS CONTRATOS.
9.    CELEBRAR,SUSCRIBIR LEASING O ARRENDAMIENTO FINANCIERO,  CONSORCIO,  ASOCIACION EN PARTICIPACION Y  CUALQUIER   OTRO   CONTRATO  DE  COLABORACION EMPRESARIAL, VINCULADOS AL OBJETO DE LA EMPRESA.
10.  AUTORIZAR A SOLA FIRMA LA ADQUISICION DE LOS  BIENES,  CONTRATACION  DE OBRAS Y PRESTACION DE SERVICIOS PERSONALES.
11.  NOMBRAR, PROMOVER, SUSPENDER Y DESPEDIR A  LOS  EMPLEADOS Y SERVIDORES DE LA EMPRESA.
12.  CONCEDER LICENCIA AL PERSONAL DE LA EMPRESA.
13.  CUIDAR  DE   LA  CONTABILIDAD  Y FORMULAR EL  ESTADO  DE PERDIDAS Y GANANCIAS, EL BALANCE GENERAL  DE LA EMPRESA Y LOS DEMAS ESTADOS Y ANALISIS  CONTABLES QUE SOLICITE EL TITULAR.
14.  SOLICITAR,   ADQUIRIR,  TRANSFERIR    REGISTROS    DE    PATENTES,    MARCAS,    NOMBRES COMERCIALES   CONFORME   A  LEY,  SUSCRIBIENDO  CUALQUIER  CLASE   DE   DOCUMENTOS VINCULADOS A LA PROPIEDAD INDUSTRIAL O INTELECTUAL, QUE CONLLEVE A LA REALIZACION DE OBJETO SOCIAL.
15.  PARTICIPAR EN LICITACIONES, CONCURSOS PUBLICOS Y/O ADJUDICACIONES, SUSCRIBIENDO LOS RESPECTIVOS DOCUMENTOS, QUE CONLLEVE A LA REALIZACION DEL OBJETO SOCIAL.
15.
OCTAVA .-  PARA TODO LO NO PREVISTO RIGEN LAS DISPOSICIONES CONTENIDAS  EN  EL  DECRETO LEY   Nº 21621 Y  AQUELLAS  QUE  LAS MODIFIQUEN O COMPLEMENTEN.
CLAUSULA ADICIONAL I.- THALIA PANEZ VEGA, PERUANA, IDENTIFICADA CON D.N.I. 71220520, CON DOMICILIO SEÑALADO EN LA INTRODUCCION DE LA PRESENTE, EJERCERA EL CARGO DE TITULAR GERENTE DE LA EMPRESA.


…LIMA………….., …09….. DE …10….. DEL 2…012…..
(CIUDAD)       (DIA)                    (MES)         (AÑO)



                                                                                                              ………………………………………………………
FIRMA DEL TITULAR GERENTE







Gobierno Electrónico



1.¿Cómo define usted el concepto de Gobierno Electrónico?

Gobierno Electrónico viene a ser la tecnología empleada por el Estado con fines de evoluciones y estar de la mano con otros países, que hasta el momento se nos han adelantado tecnológicamente, y lo que permite que la población realice acciones más fácilmente.

2. ¿Cuáles son los avances concretos en nuestro país en materia de Gobierno electrónico?

Agencia Digital Peruana: Establece disposiciones para la inscripción en el RUC y entrega del código de usuario y la clave SOL a los sujetos constituidos a través de la Ventanilla Única del Estado, Decreto Supremo Nº 059-2004-PCM: Establecen disposiciones relativas a la administración del "Portal del Estado Peruano".

3.¿Cómo cree usted que puede participar el Sector Privado en el proceso de implementación del Gobierno Electrónico en nuestro país?
El sector privado que trabaja por concesión o por delegación del Estado ayuda a las personas a recibir un mejor servicio, en este caso por ejemple Telefónica, donde ya uno puede cancelar un servicio telefónica vía Internet, etc.

4.Explique un caso exitoso Electrónico en nuestro país

Un caso exitoso puede ser el INDECOPI que ahora actúa en vía Facebook, donde uno puede hacer una queja por esta herramienta que es más accesible, y donde se recibe una respuesta rápida por parte de esta.

martes, 11 de septiembre de 2012

Comercio Electrónico

Hace año y medio hice una compra por Mercado Libre de un celular iPhone 3G, a un precio más módico, tuve la suerte de que el producto no mostró ninguna falla física, aunque yo sabia que me enfrentaba a una incertidumbre ya que hice primero el pago vía Internet y recién al día siguiente me entregarían el celular, sabia que si la persona nunca llegaba al lugar acordado para la entrega solo tendría como prueba el voucher de deposito, solo tendría que tener confianza en que lo datos que se le proporciono a Mercado Libre fueran los correctos, ya que un proceso judicial en caso de que no se me entregara el producto seria la única salida  del fraude , el cuál me fue entregado integramente, también tuve la compra de un cargador y audífonos por Mercado Libre este producto también fue una buena compra que no falló a la hora de la carga, también hice compra la tienda de iTunes o app store, ya que cuando poseía un iPhone compraba via virtual las diferentes aplicaciones.
También hice la compra de una memoria para celular vía Mercado Libre, hace poco hice compras de entradas para Mistura en la pagina web de Teleticket.
Tengo la experiencia en comprar en linea para poder decir que si bien aveces suelen ser arriesgadas últimamente existen herramientas que permiten poder confiar mas en este método de compra.
Como por ejemplo Mercado Libre donde su comunidad se dedica a la venta y compra de productos, y algunos de ellos subsisten solo de esto, Mercado Libre tiene una serie de normas con sus vendedores como son datos exactos de ubicación, a la vez si un cliente tiene alguna queja de un usuario porque no se le entrego el producto o si el producto tiene una falla, este se puede quejarse ante Mercado Libre y y este puede hasta cancelar cuentas si no se soluciona el conflicto con el cliente, también existen las calificaciones a cada usuario lo que permite que un interesado en comprar un producto pueda ver lo comentarios y pontaje que tiene el vendedor y de esa forma poder tomar una decisión, si bien son normas que no son del todo seguras al menos permiten que la compra venta tenga mayores garantías.
En el caso de por ejemplo Telectiket las compras son mucho mas seguras ya que a la hora de comprar una entrada se brinda un código de compra que permite tener mayor confianza en la compra, y solo así se tiene que ir a canjear la entrada, pero OJO aveces existen problemas de clonación de páginas donde uno puede verse afectado.
En el caso de depósitos, transferencias, movimientos de cuenta, saldos, pagos en bancos vías a Internet hoy son sujetos de la mayor cantidad de estafas, ya que las plataformas de sus páginas son fáciles del plagio, pero en donde ya la tecnología ha avanzado para evitar este tipo de casos, también ya los bancos ofrecen un tipo de seguro de pago extra que permite a las personas que hacen este tipo de transacciones.
La legislación peruana en el apartado de delitos informáticos los cuáles se trata de regular este tipo de delitos, que cada día van evolucionando y se espera que la norma también evolucione con ellos.

martes, 28 de agosto de 2012


DERECHO A LA CONSULTA PREVIA A LOS PUEBLOS INDIGENAS U ORIGINARIOS

La Ley 29785, desarrolla el procedimiento del derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas u originarios respecto a las medidas legislativas o administrativas que les afecten directamente. Se interpreta de conformidad con las obligaciones establecidas en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ratificado por el Estado peruano.

Los pueblos indígenas u originarios deben ser consultados de forma previa sobre las medidas legislativas o administrativas que afecten directamente sus derechos colectivos, sobre su existencia física, identidad cultural, calidad de vida o desarrollo. También corresponde efectuar la consulta respecto a los planes, programas y proyectos de desarrollo nacional y regional que afecten directamente estos derechos. La consulta a la que hace referencia esta Ley es implementada de forma obligatoria solo por el Estado.

La finalidad de la consulta es alcanzar un acuerdo o consentimiento entre el Estado y los pueblos indígenas u originarios respecto a la medida legislativa o administrativa que les afecten directamente, a través de un diálogo intercultural que garantice su inclusión en los procesos de toma de decisión del Estado y la adopción de medidas respetuosas de sus derechos colectivos.

El proceso de consulta tiene varias etapas que deben cumplir las entidades estatales promotoras de la medida legislativa o administrativa:

a)    Identificación de la medida legislativa o administrativa que debe ser objeto de consulta.

b)    Identificación de los pueblos indígenas u originarios a ser consultados.

c)    Publicidad de la medida legislativa o administrativa.

d)    Información sobre la medida legislativa o administrativa.

e)    Evaluación interna en las instituciones y organizaciones de los pueblos indígenas u originarios sobre la medida legislativa o administrativa que les afecten directamente.

f)    Proceso de diálogo entre representantes del Estado y representantes de los pueblos indígenas u originarios.

g)    Decisión.

El acuerdo entre el Estado y los pueblos indígenas u originarios, como resultado del proceso de consulta, es de carácter obligatorio para ambas partes. Pero en caso de que no se alcance un acuerdo, corresponde a las entidades estatales adoptar todas las medidas que resulten necesarias para garantizar los derechos colectivos de los pueblos indígenas u originarios y los derechos a la vida, integridad y pleno desarrollo.

Para concluir, cabe indicar que la ley de consulta previa no deroga o modifica las normas sobre el derecho a la participación ciudadana.

EL SECTOR PESQUERO

En el mes de marzo del 2001, el Ministerio de Pesquería, hoy Ministerio de la Producción (PRODUCE), publicó el reglamento de la ley general de pesca. Mediante esta norma se derogó al reglamento general para la protección ambiental en las actividades pesqueras y acuícolas, que regulaba de manera integral la protección ambiental en el sector pesquero.
El reglamento de la ley general de pesca regula las obligaciones y mandatos que tienen que cumplir las empresas pesqueras, incluso en materia de protección ambiental. Sin embargo, la norma dejó varios vacíos, ya que se trata de una norma de carácter bastante general que no ha podido pronunciarse sobre todos los aspectos ambientales relevantes del sector. Por eso, posteriormente se ha venido complementando con la aprobación de algunas normas específicas. De manera general, dicho reglamento establece las obligaciones ambientales específicas que deben cumplir los titulares de actividades pesqueras, tanto si acaban de iniciar operaciones como si las venían realizando antes de la aprobación de esta norma. Asimismo, se establecen como figuras centrales el estudio de impacto ambiental (EIA) y el programa de adecuación y manejo ambiental (PAMA).

Ley que modifica edad para la capacidad adquirida por matrimonio o por titulo


Ley Nº 29274

El Congreso de la República;
Ha dado la ley siguiente:
Ley que modifica el artículo 46 del Código Civil, referido a la capacidad adquirida por matrimonio o título oficial
Artículo Único.—Modificación del artículo 46 del Código Civil. Modifícase el artículo 46 del Código Civil, con el texto siguiente:
“Artículo 46.- Capacidad adquirida por matrimonio o título oficial. La incapacidad de las personas mayores de dieciséis (16) años cesa por matrimonio o por obtener título oficial que les autorice para ejercer una profesión u oficio.
La capacidad adquirida por matrimonio no se pierde por la terminación de este.
Tratándose de mayores de catorce (14) años cesa la incapacidad a partir del nacimiento del hijo, para realizar solamente los siguientes actos:
1. Reconocer a sus hijos.
2. Demandar por gastos de embarazo y parto.
3. Demandar y ser parte en los procesos de tenencia y alimentos a favor de sus hijos.
4. Demandar y ser parte en los procesos de filiación extramatrimonial de sus hijos.”
Comunícase al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los veintisiete días del mes de octubre del dos mil ocho.
Javier Velásquez Quesquén
Presidente del Congreso de la República
Alejandro Aguinaga Recuenco
Primer Vicepresidente del Congreso de la República
Al señor Presidente Constitucional de la República
Por tanto:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de octubre del año dos mil ocho.
Alan García Pérez
Presidente Constitucional de la República
Yehude Simón Munaro
Presidente del Consejo de Ministros